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Debate sobre la intención del ministro y la absolución sacramental

Fragmento teológico fechado en 1571 que examina diversas proposiciones sobre la Iglesia, los sacramentos y la absolución sacramental. El texto sostiene que las acciones de la Iglesia no se limitan a disposiciones religiosas exteriores, sino que comprenden sacramentos instituidos por Xpto. A continuación, presenta como apoyo una proposición atribuida a hereges identificados como lud-Calbino, Tuman y especialmente Martín Kemnisio, relacionada con la intención del ministro y con la confianza del creyente en la palabra evangélica para considerarse absuelto ante Dios. El autor afirma que dicha posición contradice las definiciones del Concilio Tridentino y desarrolla una consecuencia relativa al valor del sacramento y a la necesidad de una verdadera administración sacramental. La transcripción contiene pasajes multilingües y numerosos segmentos de lectura incierta.

Transcripción mejorada

Esciolores Luduisto, havero esserezmente, que la Professeur todo ei nostri ei. A quella Progoncion se dei formalmente hucualmente se oporte a un Regina de Fémynolo sia diest, que la Proposicion que dito, quando Votre piedre, y no poces Valido Gaetomento, ordonnées de la Fasseres sete, egl.mo exigisanto sacramentales, e se ha de quedidato assento de lo que los amares de la ci- de la terre. Je ne peut pas encore. Nous fait que les cenestes et les pieds. A l'agit, il m'a été dit de l'honneur. de la Maestà de los solines estables, sommes la teneron exphére. Paso.

Año 1571.

Et ciò a las acciones opiniones, e hacela Yglesia, no ese quantigus ordeniraos e desiasticas, que religiosas selamente, sino eriguos aos vos extesiores sacramentales, e instinuidas por Xpto parte Dulito Soccepiisciæ, et itaõ Is Ophilon qe dei quesielas de sus intentos e otro sacramentales e instituidas por Xpto, sua como aunones e deseacturas y religiosas, se o peine immediatam que Regina hafa definido es il Corritio segun lo monte del Praego et Henrice.

Confirmase com una razon inneo ebei: los hereges lud-Calbino, Tuman, y especialmente Martín Kemnisio en la segunda te del bomen de Concilio Tridentino, domo trata de la absol-Sacramontil, pag. 1045, defienden esta Proposión: Nec solicito Concionça de intention Ministre, sed si vox evangelij annui des eam prezendens statuat se coram Deo alsclutum: quelquid ut L'accordetis animo. Ese argumentor: est Proposicion es mejus puisia alos definiciosos del Consilio Szilentino: luogo lo Proju Dioso lo eso d'Egreibien. Prima con cuidencia la Consegennia: ma A es quedamos los hereges vuestra proposicion lo obtención del de Apelico Verdador, ninto gazio el Valor Este Sacramento, do isto desas petibras: nec solicita debet esse Creditoribus de in o retida la retoración de hazer verdadezo suexamento pera el sia del sí, et que equello es foso asbrarute lorattra, y o questa al uno

Transcripción original

Esciolores Luduisto, havero esserezmente, que la Professeur
todo ei nostri ei. A quella Progoncion se dei formalmente hu-
cualmente se oporte a un Regina de Fémynolo
sia diest, que la Proposicion que dito, quando
Votre piedre, y no poces Valido Gaetomento, ordonnées de la
Fasseres sete, egl.mo exigisanto sacramentales, e
se ha de quedidato assento de lo que los amares
de la ci-
de la terre. Je ne peut pas encore
Nous fait que les cenestes et les pieds
A l'agit, il m'a été dit de l'honneur.
de la Maestà de los solines estables, sommes la teneron exphére
Paso.
Ao 1571.
Et ciò a las acciones opiniones, e hacela Yglesia, no ese quanti-
gus ordeniraos e desiasticas, qe religiosas selamente, sino eriguos
Aos vos extesiores sa ramentales, e instinuidas por Xpto parte
Dulito Soccepiisciæ, et itaõ Is Ophilon qe dei quesielas de
sus intentos e otro saecamentales e instituidas por Xpto, sua
como aunones e deseacturas y religiosas, se o peine immediatam
que Regina hafa definido es il Corritio segun lo monte del
Praego et Henrice.
Confirmase com una razon inneo ebei: los hereges lud-
Calbino, Tuman, y especialmente Martín Kemnisio en la segunda
te del bomen de Concilio Tridentino, domo trata de la absol-
Sacramontil pag. 1045. defienden esta Proposión: Nec solicito
Concionça de intention Ministre, sed si vox evangelij annui
des eam prezendens statuat se coram Deo alsclutum: quelquid ut
L'accordetis animo. Ese argumentor: est Proposicion es mejus
puisia alos definiciosos del Consilio Szilentino: luogo lo Proju
Dioso lo eso d'Egreibien. Prima con cuidencia la Consegennia: ma
A es quedamos los hereges vuestra proposicion lo obtención del
de Apelico Verdador, ninto gazio el Valor Este Sacramento,
do isto desas petibras: nec solicita debet esse Creditoribus de in
o
retida la retoración de hazer verdadezo suexamento pera el sia
del sí, et que equello es foso asbrarute lorattra, y o questa al uno

Temas

Absolución sacramental; intención del ministro; herejía; proposiciones teológicas; Concilio Tridentino; Iglesia; sacramentos

Personajes

lud-Calbino; Tuman; Martín Kemnisio; Xpto