Transcripción mejorada
Christi nomine invocato.
Fallamos, atentos los autos y méritos del dicho proceso, que por la culpa que de él resulta contra el dicho Don Ygnacio de Oxar y Mendosso, del rigor del derecho hubiéramos de seguirle, le pudiéramos imponer [ilegible] grandes y graves penas; mas, queriéndolas moderar con equidad y misericordia, por algunas causas y justos respetos que dello nos mueven, en pena y penitencia de lo por él hecho, dicho y cometido, le condenamos a que salga a la sala de esta audiencia en forma de penitente, donde le sea leída su sentencia con méritos.
Que por toda su vida sea privado de dirigir personas, por escrito ni de palabra, que traten de revelaciones, y que [ilegible] en público, en una iglesia de esta ciudad, las proposiciones de que ha sido acusado; y recluido por tiempo y espacio de dos años en la parte y lugar que pareciere al Tribunal, los cuales corran y se cuenten desde el día de la pronunciación de esta sentencia, y a su arbitrio el aumentar o minorar el tiempo de dichos dos años, conforme a la enmienda y procedimientos de este reo; y que los viernes del primero año de la reclusión rece de rodillas delante del Santísimo Sacramento el [ilegible] Psalmo de Miserere mei, y los sábados la Letanía de Nuestra Señora, y no lo quebrante, pena de cumplirlo doblado.
Alzamos el secuestro de bienes hecho en este reo, para que se le entreguen.
Transcripción original
Christi nomine in vocato
Fallamos atentos los autos y méritos de el dho processo que por
la culpa que de el resulta contra el dho Don Ygnacio de
Oxar y Mendosso del rigor al derecho euuieramos dese
guir le pudieramos andenas grandes y grabes penas, mas
queriendolas moderar con equidad y misericordia por al
gunas causas y justos respeios que dello nos mueben, en
pena penitencia delo por el fecho, dho, y cometido le con
denamos a que salga a la sala de esta audiencia en forma
de penitente, donde le se aleida su sentencia con meritos *
.
que por toda su vida sea pribado de dirioir personas por
S.
d’une
escrito, ni de palabra que traten de revelaciones y queretrae
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te en publico en una Yglessia de esta Ciud las propossissio
nes de que asido acussado y recluso tiempo y espacio de
dos años en la parte y lugar que pareciere del Tribunal que
corran y se quenten desde el dia de la pronunciacion de esta
sentencia, y a su arbitrio el aumentar ominorar el tiempo
de dhos dos años comforme a la enmienda y procedimi
entos de este Reo, y que los Viernes de el primero año delare
clusion resse de rodillas delante de el s. sacramento el fon-
Psalmo de Misserere mei y los sabados la Petania de
Nuestra señora y no lo quebrante pena de
cumplirlo doblado. Palzamos el secresto de
bienes hecho en este reo para que se le entreguen
Temas
Sentencia inquisitorial; penitencia religiosa; reclusión; revelaciones; prohibición de dirigir personas; oración; secuestro de bienes
Personajes
Don Ygnacio de Oxar y Mendosso
Lugares
sala de esta audiencia; una iglesia de esta ciudad; Tribunal