Transcripción mejorada
Quantum alponeret ab Ecclesiæ dignitate. At vero caibis Fius nus Cavimus (habla de Catherino, Sylvestro Escribonis, sentim in exigenda ad valorem sacramenti, volte non mihi quinde illius exterioris actionis spisicem consideratæ quam per Ecclesiam. Sed exercendæ per eam exteriorem ceremoniam, boni testis agentis, qua Ecclesia utitur, ac per speciem hominis, eo illam eformis quo Ecclesia dingu.
Demás de aver comprobado en este título, con otros argumentos de las Actas manuscriptas del Concilio, que de ninguna suerte fue de mente suya, ni del Florentino, con esta sentencia de Catherino y demás autores y graves doctores, aprueba asimismo, en el lib. R., cap. 10, n.º 33, con ocasión de la definición del Concilio en la ses. II, de Pœnitent., cap. 6, la intención de absolver ha de ser: «serius agendi, et vere absolvendi».
De donde infieren los doctores de nuestra conclusión que el Concilio juntó estas dos cualidades de la intención, porque no quede notada la sentencia de Catherino y los demás teólogos, los cuales no requieren otra intención especial, vere absolvendi, que la misma pública y sensible que se manifiesta por las voces en «ego te absolvo»; en la cual explícitamente dicen que se resuelve la voluntad de absolver, vere et valide, sin que sea necesario multiplicarla ni expresarla con la intención directa, como quieren otras sentencias.
Y así, concluyendo el Concilio el capítulo, con estas palabras: «Neque is esse, nisi salutis negligentissimus, qui sacerdotem ioco se absolventem agnosceret et non allo serio agentem sedulo conquireret».
Concluye asimismo sobre ellas, con estas palabras, el cardenal: «Ex his postremis bis conficere potest quisquis ea legerit, haud esse expunctam sententiam Catherini aliorumque theologorum opinantium sacramenti [ilegible] sufficere in ministro serio agendi, et ob[e]dum modo, eum quem sacramentum susciperet cognoscentem».
Demás de esto, veo que del mismo texto del Concilio se sirven los doctores contrarios para inferir la necesidad de intención especial acerca del valor, por aquellas palabras: «Animus vere…». De aquí infiere dicho cardenal que basta la intención, si es de creer que siguió Catherino en defensa del Concilio; se dice que el cardenal sigue la opinión contraria en la dicha conclusión, pero no es curiosa, sino determinada, y «ex Inquisitio…», como quien tan exactamente…
Transcripción original
Quantum alponeret ab Ecclesię dignitate. At vero caibis
Fius nus Cavimus (babla de Catherino, Sylvestro Escribonis
sentim in exigenda ad valorem sacramenti, volte non mihi
quinde illius exterioris actionis spisicem concideratę quam per
Ecclesia. Sed exercendę peream exteriorem seremoniam bon
Testo agentis qua Ecclesia utitr, ac per speciem hominis, eo illam
eformis quo Ecclesia dingu. Delenies de aver comprobado en esta
tulo con otros argumentos de las Alas manuscriptas del Concli-
de ninguna suena fue de mente suya, ni del Florentino con
esta sentencia de Cacherino, y demas antlorios, y graves Anto-
aprie comismo, en el lib. R. Cap. 10 nº 33 Conocasion, de Nye
la definicion de el Concilio en la ses .II. de Pœnitent. Cap. 6.
la intencion de absolver bade ser, seris agendi, et vere absol-
De donde infieren los D.res de nra conclusion que el Concl
junto estas descalidades de la iniencion, porque no quede
notada la sentencia de Catherina, y los demas Theolo-
lados q no deguieren otra intenciones pecial, veré absolvendi
la mesma publica sensible que se manifiesta por las voces en
as serio absolvendi. En la qual empliciiamte dicen ques
quelve la voluntad de absolver, veré et valide, sinquesca-
terzo multiplicarla, ni expressarla con la intención defle-
arecial, que se quieren otras sentencias, y assi concluyendo
Concilio el Capitulos Conestas palabras. Neque ys esse, nes
Salutis negligentissimus, qui Sacerdotem ioco se absstoem
noscere et non allo serio agentem sedulo conquirent. Concluy
assimesmo sobre ellas, con estas el cardenal: Exbis postremist
bis Conficere potest, quis quis ea legerit, haud esse expunctam
tias Catherini abiorum que speslogorum opinantium sacram
I am sit sufficere in Shinistro Othlem serio agendi, & obe
tummodo socum quem sacramentum susciperens cognoscens
Dendese Veo, que de el mismo terzo de el concilio, desuever
est los Doctoris contrarios para inferir la necesidad de intera-
especial, acerca del Valor, por aquellas palabras. Anismes Verte
veriby infiere dicho carden, que basta la Intencion, se
esidir que deguiere catherino enfuessa del concillo, seisce
que el Carden sigue la sbinion contraria en lo abdia
la concluevòm, perono, es ciudiosa, et ser determinada, y
et ex Inqus Iudensino, Cosno quien tan exactam,
Temas
Intención sacramental; Absolución; Ministerio sacerdotal; Concilio; Teología sacramental; Catherino; Validez de los sacramentos
Personajes
Catherino; Sylvestro Escribonis; el Florentino