Transcripción mejorada
[apassumolii et Precepiò posta d'amitia Crapey]
a una N. Senga intención. Nadie lo diga.
La razón es evidente y segura: que mejor se llega a la inteligencia de la ley, y que enseña [ilegible] la ley, ora sea preceptiva, ora sea [ilegible]. Y [ilegible], la opinión que enseña que para el valor del sacramento es necesaria intención de hacer sacramento, en el mínimo más se coliga a la Ley de la Iglesia; esto es, a las definiciones de los dos concilios, Florentino y Tridentino, y con la doctrina [ilegible]. Esta opinión más generalmente se obedece a estos concilios que no con lo común, que dice que se puede hacer válido sacramento sin intención de ministro, sino con intención contraria. Luego, la opinión más segura entre estas dos es la que dice que, para el valor del sacramento, no basta hacer solamente las acciones exteriores, sino que se requiere también, de parte del ministro, intención de hacer sacramento.
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Ahora más a mi juicio. Digo que la proposición notada fuere en [ilegible] deste Decreto [ilegible], decreto de [ilegible]; asentado que lo [ilegible] sea la más segura. La proposición notada después del discurso de N. B. M. P. [ilegible] es temeraria, escandalosa, malsonante, por lo cual no se debe permitir, como lo manda [ilegible] en dicho Decreto, que públicamente se dispute, aunque sea solo con ánimo sustentativo, porque así lo manda Su Santidad, y solo permite la disputa para impugnar la tal opinión; [ilegible].
Y juntamente soy de parecer que se manden recoger los papeles y cuadernos concernientes a la opinión, y que V. P. mande considerar a sus calificadores la proposición del M. Contención, en que dice que la proposición notada es segura en conciencia.
Este es mi parecer, salvo meliori.
S. Franco y octubre 12 de 1692.
B. L. P. de V. S.
Primas obligado Min.º
Fr. Gregorio de Querrada
de Bremagel
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Transcripción original
apassumolii et Precepiò posta d'amitia Crapey
a una N. Senga intencion. Nadie lo diga.
La Vasen es evider
segura, que mor se llega a la inteligencia de la Ley, y que enseñas
nos gesciamente la ley, o sea precipiente, o sea exchitiente; Id suos
la opinien qe exseña p para el valer del sacramto es necessaria intendo
de haya sacramto e nel Minico más collega a la Ley de la Yglesia, esto es,
la definiciones de los dos concilios Florentino y Tridentino, y con la doctrina
gra deja opinion mas gesferamente se obedecen estos concilios, que no
con lo comion e dice, q se puede hacer valido sacxamto sin intención de
min.to imo con intención contrasea: luego la opinión mes segura entre
estas dos es la que diu, que para el Valor del Sacram.to, no sesta hacer
se abmente las reciones extesores, sino q. se requine tambien de par
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te del Min. intencion de hacer sacram.to
Ahora mes a mi Juicio. Doy que la Proposicion notada fuene en
ter deste Decreto prenable, decreto de badato: assentado quelo Contante
q es lo nuestra sea la mas segura: la Proposiçion notada despues del
Oscado de N. B. M. P. Ingenciò tt.o es temeraria, escandalosa, mal so-
mo
nante, por lo qual no se quede permitia, como loranda Não SS. 2. en
dide Deoito, que publicamente se disputé, aunque sea solo con ani-
mo sustentativo, porque assi lo monde su santidad, y solo permite
le disputo para impugnar la tal opinion: qui forsam ingagnando
y juntamente soy deparecer, q se manden recogir los papelyes qua-
dernes conuententes a lhe Ovenion, y que Ps. mande considerar a
sus calificadores la propisido del M. Contención, en que dice que la
Proponũ. netoda es segura enconcienda. Este es mi parecer, saluo
M.M.S.
meliori. S Franco y Octubre 12. de 1692.
B. L. P. de V. S.
Primas obligado Min.o
Fr. Gregorio de Querrada
of Bremagel
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Temas
Teología sacramental; intención del ministro; validez de los sacramentos; Ley de la Iglesia; Concilio de Florencia; Concilio de Trento; censura doctrinal; recogida de escritos
Personajes
Fr. Gregorio de Querrada de Bremagel