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Defensa de la probabilidad de una proposición sobre la intención sacramental

El documento presenta la calificación teológica de una proposición sobre la intención requerida del ministro para la validez de un sacramento. La tesis sostiene que basta una intención pública y específica, manifestada mediante el signo externo prescrito por la Iglesia, aunque el ministro carezca de una intención privada, puramente interna, o incluso tenga una intención de no realizar válidamente el sacramento. Diego de Eguilica declara haber examinado autores que consideran falsa la proposición y la impugnan con argumentos de autoridad y de razón, así como las censuras que le atribuyen. También estudia las defensas del P. Salmerón, de la Compañía de Jesús, de Fr. Vicente Contenson, dominico, y de Juan Mario Escribón, citado por el cardenal de Lugo. Tras ponderar ambas posiciones, juzga que la proposición, tal como está formulada, es probable y no merece censura alguna. El texto queda inconcluso al iniciar la explicación de su probabilidad intrínseca.

Transcripción mejorada

M. R. P. Diego de Eguilica, calificador del S. Oficio, calificar [ilegible], y en caso de no tener calidad, dirá su sentir, si tiene inconveniente o no, [ilegible] en conclusiones públicas.

Ad valorem sacramenti sufficit intentio publica et specificativa ministri ponendi signum externum ab Ecclesia præscriptum, licet habeat [ilegible] non privatam intentionem pure internam, ac depravatam non conficiendi validum sacramentum.

F. M. Ill.

Habiendo leído atentamente los principales autores que tienen por falsa e impugnan acérrimamente la proposición arriba escrita, y considerado con más atención la fuerza de los argumentos de autoridad y de razón con que la impugnan, y reparado en las graves censuras con que la califican; y habiendo también leído atentamente al P. Salmerón, de Nra. Compañía de Jesús, y al M. Fr. Vicente Contenson, de la familia Dominicana; visto los argumentos de Juan Mario Escribón, apud Card. de Lugo, tomo De Sacramentis, disp. 8, sect. 3, que son los autores que ex professo tienen y defienden por verdadera dha. proposición; y habiendo pesado con atenta meditación los argumentos de autoridad y de razón con que la fundan y prueban, y las respuestas y soluciones que dan a los argumentos de los contrarios que la impugnan y censuran; juzgo, después de todo este estudio y atenta meditación, que dha. proposición, ut iacet, es probable y que no merece censura alguna.

Formo este juicio en cuanto a la probabilidad intrínseca (que es la primera parte de mi resolución), porque los argumentos, así de autoridad como de razón, con que [s]

Transcripción original

M. R. P. Diego de Eguilica calissador del S. officio calificar
Aguiente, y en caso de no tener calidad, dira su sentir, si tiente n conveniente, o no
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hessenda en conclusiones publicas.
Ad valorem sacramenti sufficit intentio publica, et specificatiua
ministri ponendi signum externum ab Ecclesia præscriptum, licet nabeat
on
.
priuatam intentionem pure internam, ac deprauatum non conficiendi
validum sacramentum.
F.
M. Ill.
Auiendo leido atentamente los principales Authores, q tienen por
falsa, e impugnan acerrimamente la proposicion arriba es
crita, y considerado con más atencion la fuerça de los argumte
de authoridad, y de racon, con que la impugnan, y reparado
en las graues censuras, con que la califican; y auiendo tam
bien leido atentamente ab Pe. Salmeron de Nra Comp
de Jesus, y al M. Fr. Vicente Contenson de la familia
Dominicana; quisto los argumentos de Juan Mario Es
cribon apud Card. de Lugo tomo de Sacramentis Disp. 8. sect. 3.
que son los Authores, que ex professo tierren, y defienden por
verdadera dha proposicion: y auiendo pesado con atenta
meditacion los argumentos de Authoridad, y de razon con que
la fundan, y paueban, y las respuestas, y soluciones que dan
a los argumentos de los contrarios, que la impugnan, y cen
suran: Jusgo (despues de todo este estudio, y atenta medi
tacion) que dha proposicion, ut iacet, esprobable, y que
no merece censura alguna
Formo este juicio en quanto ala probabilidad
intrinseca (que es la primera parte de mi resolucion) porq
los argumentos, assi de authoridad, como de racon con que
(s)

Temas

Teología sacramental; intención del ministro; validez de los sacramentos; probabilidad teológica; censura doctrinal; argumentos de autoridad; controversia escolástica

Personajes

Diego de Eguilica; P. Salmerón; Fr. Vicente Contenson; Juan Mario Escribón; Card. de Lugo