Transcripción mejorada
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y causalidad. Miran a sus efectos.
Confírmase porque las acciones sacramentales del Ministro, que son humanas, se deben dirigir a algún fin [ilegible], y no han de ser casuales y fortuitas, sino dirigidas a los efectos de la institución de Cristo; y solo obrando el Ministro con esta deliberación interior obrará como racional un particular, y a lo menos valdrá su intención, sin la cual, contra el común sentir de los Padres de la Iglesia, pudiera ser válido el Sacramento administrado con fines contrarios a su intención y a la de Cristo. Esto, con fines de irrisión, de engaño y desprecio; y lo mismo se pudiera afirmar de los sacramentos administrados por Ministro falto de juicio, por enfermedad o por intemperancia, porque en todos estos casos falta la recta intención y deliberación necesaria para el valor del Sacramento, sin que obste la excepción de Agustino, Hom. 5, ad Ioan., cap. 1, donde parece dar por válido el Bautismo administrado con defecto de juicio por intemperancia: «Non timeo adulterum, non ebriosum»; donde, por «ebrioso», Graciano, V, q. 1, cap. [ilegible], escribe «ebrium». Y como advierten algunos autores, es vicio del texto, porque «ebrius» denota actual carencia de intención y deliberación para cualquier acción humana, pero «ebriosus» significa inclinación in actu primo y habituación a la intemperancia, con la cual se compadece la recta administración del Bautismo.
Y a esta inteligencia del lugar de Agustino, como lo advierte Graciano ibidem, y hablando en términos escolásticos, su voz «ebrius» se entiende applicative, non reduplicative.
Tampoco obsta la aprobación que pronunció Alexandro, Patriarca, del Bautismo administrado por Athanasio a los catecúmenos en los mejores años de su pubertad, como se colige del texto; porque, aunque fue ludum et iocum, su intención no paró en el entretenimiento, sino en la imitación del Patriarca. Y con esta misma doctrina se resuelve la duda que, con Agustino, propuso el Maestro de las Sentencias de los Bautismos que se hizieren mimice et scenice, con todas las demás que resuelven los Autores, así Escolásticos como Canonistas, en sus tratados De sacramentis in genere y, en particular, del sacramento del Bautismo.
Transcripción original
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y Consalidad. Moraen a sus Efectos.
Contirmase por que las acciones. Sairamentales del Ministri-
tars que dan humanas se degun dirir a algun in la Maistra Dona
y no an de ser camales y fortuitas sino dirioidas a los efectos de la infi-
.
tucion de Christo y solo sozando el Ministro con esta deliberacion interior
obraza como raisonal un particular, y alomenos Valasi insención, sin la geral
Contra el comun sentir de los Quares de la Yglesia (pudiera ser valeno el
Sacramento administrado con fines contrarios sua intención de la Ydesta y de
Christo. Es.a con finos de irrision, de Engano, y despreçio, y lo mismo se pu-
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diera afirmar de los sacramentos per Alinistro falto de Juicio= por en
ermedad, o por intemperancia por que en todos e los cassos falta la recta in
tencion, y deliberacion necessaria para el valor del Sacramto sin que obste
la excepison de Agustino hom. 5. ad Ioan cap. 1 (donde parece dar por va
lido el Bauismo administrado con defecto de Juicio por intemperancia
Non timeo Adulterum non Evriesum donde pro Ebrioso Graciano V. q. t. Cap.
dedit. Escriue- Ebrũim- y como aduierten algunos Autheres, es vicio del
texto por que orius denota actual carencia de intencion y deliberaçion para
.
qualouiex accion humana pero Eoriosus significa inclinucion in actu primo, y
habitucion ela intemperancia con la qual se compadece la recta administra cio
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y Auesla inteligencia del Lugar de Agustino como lo advi-
del Bautis.
erte Graciano ybidem, y hablando en terminos salasticos su voz corius se
is = Tampoco obsta la apro
licatiue non reduplicatiue prov.
entiende
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basion, que brenuncio Alexandro Patriarcha del Bautismo administrado
por Athanasio a los Cathacumenos en los mesgores anos de su pubertad como
secoli edel texto, porque aunq fui ter ludum et secum = Sa intencion no
paro en el entretenimiente sino en la imitacion del Patriarcha, y con esta mis
ma doctrina se resueve la duda que con Agustino propuso el Maestro delas
sentencias delos Bautismos que se hizieren mimice, et scenice con todas las de
mas que resueluen los Autores assi Escolasticos, como Canonisias en sus tracta
los de sacramentis in aenere, y en particular del sacrom del Bautismo
Temas
Teología sacramental; Bautismo; Intención del ministro; Validez de los sacramentos; Deliberación racional; Intemperancia; Derecho canónico; Padres de la Iglesia
Personajes
Agustino; Graciano; Alexandro, Patriarca; Athanasio; Maestro de las Sentencias