Transcripción mejorada
[Fragmento inicial de lectura dudosa] la razón [ilegible] el acto exterior se califica por el acto interior, ex Arist., S. Ethic.; y siendo, al lavar en el Bautismo, un signo exterior indiferente y determinable, para que sea sacramental es necesaria la forma y su intención del ministro, la cual también se salva en los infieles y herejes perversos, si bautizaren con ánimo solo de hacer lo que hacen los cristianos y católicos.
Pruébase asimismo en la proposición que se propone la nota de errónea et iure divino, independientemente de lo determinado por los Sagrados Concilios, pues es de fe que todos los SS. Sacramentos, en fuerza de la institución de Cristo, como [ilegible] compuestos, deben constar de materia y de forma; y lo previene S. Dionisio, lib. De Ecclesiastica Hierarchia, cap. 1: «Mundans eam lavacro aquae in verbo vitae», ex Apost. ad Ephes. 5. Y prueba lo mismo Agustino, tract. 1 super Ioan.: «Accedit verbum ad elementum et fit sacramentum».
Y aunque literalmente las autoridades del Apóstol y de Agustino solo pasen del sacramento del Bautismo, advierte el P. Gregorio de Valencia, en sus Comment. Theol., disp. 8, q. 1, punct. 2, § 4, que se han de entender non singulariter, en cuanto es tal sacramento, sino generice, en cuanto es sacramento, cuya esencia es la aplicación de la materia y de la forma, que consiste en la pronunciación de las palabras del ministro con la debida intención, sin la cual solo tuvieran el sentido gramatical y no sacramental; y expresado en la Sagrada Escritura, como en los sacramentos del Bautismo o de la Eucaristía, o deducido de los Sagrados Evangelios, como en la forma del sacramento de la Penitencia, o señalada y determinada por tradición apostólica y autorizada del uso general de la Iglesia y de todos los Padres antiguos, los cuales, del uso de la forma sacramental y pronunciación de las palabras, siempre hicieron juicio del valor o nulidad de los sacramentos que se administraban los [ilegible].
Véase Tertuliano, in lib. contra Praxam; Cipriano, epist. 73, lib. de Spiritu S., cap. 12; Agustín, lib. 3 contra Donatistas, cap. 15; Atanasio, serm. 3 contra Arrianos, y otros muchos que prueban no solo de derecho positivo, sino divino, la necesidad de la materia y de la forma para el valor del sacramento; porque, como advirtió Nazianzeno, lib. 5: «Quae colliguntur ex Scripturis perinde habenda sunt, ac si in illis scripta essent»; y Orígenes: «Quae in divinis litteris scripta non sunt, tractare debemus per ea, quae scripta sunt»; y se deduce ex Apost. ad Corinthios, cap. 3, n. 6: «Littera occidit, spiritus vivificat», prevención harto necesaria para los fundamentos de esta calificación, por cuanto los sectarios, que siempre tienen por fundamento...
Transcripción original
la botissima Lazon esperoite el Alto exterior se qualifica per el acto interior ex
Arist. S. Ethic y siendo Al lavar en el Bautismo un cielo exterior indifferente y de
terminable para que seu sacramentase necessità. A la forma, y sua intencion del
Ministro, la qual también se salva en los infieles, y erilos pereres, si bautisaren con
animo solo de hazer lo que hazen los christianos y catholicos.
Gruebasi assi mismo en la proposición que se propone la nota de Erronca et
iure Divino independentemente de lo determinado por los Sagrados Consilios pug
es de fee que todos los S.S. Sacramentos en fuerza de la institucion de Christo, como mo
rales compositos deven constar de materia y de forma y lo preuiene S. Dionisio
lib. de Ecclesiast Hierar Cap. 1 Ex Apost. ad Ephes. 5 Mundans tam lauaers
panitentiÿ in verbo Vitꝭ, y priseba lo mismo Agustino tract. I. super Ioan. Accedit
Verbum ad Elementum et fit Sacramenty, y aunq literalmente las authoridade
del Apostol, y de Agustino solo pasian del sacramento del Bautismo, aduirte
el Pe Gregorio de Valencia en sus Comment. Theol. di. B. 3. q. 1. punct. 2. que
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se han de entender non singulariter en quanto es tal sacramto sino generice en
quanto es sacramento de cuia essencia es la aplicacion de la materia, y de la
forma que consiste en la pronunciacion de las palabras del Ministro con la devida
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intencion, sin la qual solo tubieran el sentido gramatial, y no Sacramental, y expre-
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sado en la sagrada escritura como en los sacram del Bautismo, o de la Eu
charistia, o deducido delos Sagrados Euangelios como en la forma del Sacramto de
la Penitencia, o senalada, y determinada por traducion Apostolica, y authorizada del
vso general dela Yglesia, y de todos los Padres antiguos los quales del uso de la
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forma Sacramental, y pronunciacion de las palabras siempre hizieron juicio
del Valoz, o nulidad los Sacramentos que se administraban los
tarios = Vease Tertuliano in lib. contra Praxam = Cipriano in post. 73
lib. de Spiritu S. cap. 12. Agust. lib. 3 contra Donatistas cap 15 Athanasio
serm 3 contra Arrianos, y otros muchos que prueban no solo de derecho possitiuo
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sino dusino la necessidad de la materia, y de la forma para el valor del sacra
mento porq como aduirtio Nazianzeno lib. 5. Quy colliguntur ex Scripturis perin
de habenda sunt, ac si in illis scripta essent, y origines, que in Dusinis litteris scripti
non sunt tractare debemus per ea, quae scripta sunt: y se deduce ex Apost ad Corinti
cab. 3 n 6 littera gendit spiritus virificat preuencion arto necessaria para los funda
mentos de esta Calificacion, por quanto los sectarios que siempre tienen por fundamento
Temas
Teología sacramental; Bautismo; Materia y forma sacramental; Intención del ministro; Validez de los sacramentos; Tradición apostólica; Autoridad de la Escritura y los Padres
Personajes
Arist.; S. Dionisio; Agustino; P. Gregorio de Valencia; Tertuliano; Cipriano; Atanasio; Nazianzeno; Orígenes; Cristo