Transcripción mejorada
De la cual censura se infiere que, aunque la proposición que se propone, in se considerada, pudiera parecer herética, atendidas las circunstancias que la acompañan por parte del [ilegible], las cuales son de [ilegible] calificación del tercero seno de la jurisdicción del juez, queda solo con visos de herética, sapiens hæresim; para cuya declaración y comprensión muchas son las descripciones y ejemplares que están en los autores. No las prueba Cano, lib. 12 de los teólogos, cap. 11, y solo trae este ejemplar de dicha proposición: «Ridiculum est Eucharistiæ Sacramentum solemni ritu, tertiis publicas circumferre», y prosigue Cano ibidem: «Sapit enim Lutheranorum et Sacramentariorum hæresim». Y según esta misma doctrina se prueba la nota presente, pues negar con deliberada voluntad el concurso necesario de la intención del ministro para la validez de los Santos Sacramentos es una tácita comunicación de algunos dogmas heréticos de los sectarios modernos, que con tan horrendas blasfemias se oponen al derecho de la institución de Cristo, tradiciones apostólicas y determinaciones de la Iglesia en sus concilios, contra el valor y eficacia de los Santos Sacramentos para la justificación de los fieles.
Y siguiendo el sentir de Cano, lib. 12, cap. 11, y de Córdoba, q. 17, § 8, donde prueban que semejantes proposiciones, con visos de heréticas, se deben juzgar no solo con las reglas y preceptos, pero con próvida sagacidad y prudencia, me conformo a lo que se deduce sumariamente de todas las descripciones que dan los autores, los cuales todos convienen en que la proposición que tiene visos de herética es la que puede tener dos sentidos: el uno herético y el otro verdadero, y deben deferir todos los motivos de esta censura a la corta inteligencia de los sagrados cánones y concilios.
Conque la proposición que se propone, sin las circunstancias y cualidades extrínsecas que pueden concurrir en su calificación, queda en los términos de error material y con visos de herejía, por cuanto, como advierte Simancas, lib. De catholicis institutionibus, tit. 50, de præsumptionibus et responsionibus, tiene créditos contrarios a la pureza de nuestra fe católica cualquiera opinión singular y nueva en materias morales contra el común sentir de la Iglesia, y da la razón: «Inde enim ad hæreses facilis admodum via est».
Y es erudición y doctrina de los autores católicos que las más proposiciones dogmáticas de los sectarios se han originado de la errada inteligencia de las Sagradas Escrituras y declaraciones de los concilios. Así lo afirma Agustino, tom. 9, lib. de Catechizandis rudibus, cap. [ilegible], y lib. 1, cap. 2, contra Julianum, ex Nicena actione 6, tom. 3, Colemensis editoris, A. 1567, donde Epifanio, hablando de los sectarios, dice: «Qui recte a Spiritu Sancto dicta erant, ferventi animi sententia conjellunt»; sin que pueda ser bastante reparo al quebranto de la obligación católica, en tan escandalosa oposición a lo declarado por los sagrados concilios, el no ser la proposición contenida efecto de [ilegible].
Transcripción original
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ler e Aos S. Sacram, es uno tacita comunicacion de algunos dogmas hereticales de
los efectarios ed todernos, que con tan horrendas blasfemias se oponen al derecho de sains
tilacion de Christo tradiciones Apostolicas, y determinaciones de la Yglesia en sus con
celios contra et valos, y quatra dios S. Satram.tos para la justificacion de los fieles
Ysquiendo el senar de Cano lib. 12 cap. 11 y de Conduba q. 17 §. 8. donde preuie
Emen que semejantes proposiciones con viso de hereticas se dicen hisgar no solo con las re-
glas y preseptos, pero con provida sagacidad, y prudencia me conformo a lo que se de
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opinion singular y nueva en materias morales contra el comun sentir de la Ygle
sia y da la razon = Inde enim ad hyreses facilis admodum via est. y es erudicio
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raciones delos concilios = Assi lo afirma Agustino tom. 9. 11b. de Cathez. rudibus.
Cap. et lib. 1. cap. 2. contra Sulianum ex Nizeno actione 6. tom 3. Colemensis editio
ris A. 1567 donde Epiphanio hablando de los sectarios doze = quy recte a Spixer
tu Sancto dicta erant feruerit animi sententia coniellunt sin que pueda ser bas
tante reparo al queixanto de la obligacion catholica en tan escandaloia opocision a lo
declarado por los sagrados consilios el no ser la proposicion contenida efecto de pre
Temas
Censura teológica; herejía; validez de los sacramentos; intención del ministro; doctrina católica; concilios; interpretación de las Escrituras; error material
Personajes
Cano; Córdoba; Simancas; Agustino; Epifanio; Cristo