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Disposiciones sobre comisarios, ministros y procedimientos del Santo Oficio
La transcripción reúne disposiciones temáticas, organizadas por voces alfabéticas y referencias numéricas, sobre el funcionamiento de los Comisarios y ministros del Santo Oficio. Regula la intervención de jueces eclesiásticos o seglares, la solicitud de poderes a obispos y cabildos en sede vacante, y la ausencia de jurisdicción entre Comisarios. Detalla los juramentos de Comisarios, ministros, denunciantes, intérpretes y personas honestas, así como la lectura de edictos por el Notario. También establece el registro de denunciaciones y testificaciones en libros, la custodia bajo llave de los papeles de oficio y la improcedencia de memoriales para denunciaciones. Incluye normas sobre la propuesta y genealogía de los ministros, la obligación de denunciar faltas contra el secreto, la prohibición de señalar infamia de linaje y la licencia requerida para ministros solteros que pretendan casarse.